El Individuo como Sujeto de Derecho Internacional:
El individuo es un sujeto pasivo del Derecho
Internacional ya que sólo recibe de él derechos y obligaciones. No puede ser
sujeto del Derecho Internacional porque carece de capacidad para celebrar
Tratados y no tiene legitimación para acudir ante los Tribunales
Internacionales para hacer valer sus derechos. Es importante tener en
cuenta que el individuo puede ser responsable internacionalmente cuando viola
normas fundamentales del Derecho Internacional. Son actos ilegales de violencia
que pueden ser cometidos en el mar o en el espacio aéreo. Los únicos sujetos
que pueden cometer estos actos son las personas físicas, los individuos, pero
los Estados están autorizados por el ordenamiento internacional a detener a los
infractores de la norma y someterlos a su jurisdicción; pero quien tipifica el
delito es el Derecho Internacional.
El individuo tiene
personalidad internacional pasiva, reconocida en los principios de Nuremberg, haciéndolo
susceptible de castigo según el Derecho Internacional general. Además si se
observa el sistema normativo internacional podemos determinar que la persona
física es beneficiaria de muchos derechos que le otorgan las normas
internacionales. Por ejemplo la Declaración Universal de los Derechos
Humanos. Pero el individuo, no tiene personería internacional activa, lo
que no impide que en el futuro puedan ser considerados sujetos de Derecho
Internacional en virtud de la evolución y desarrollo del derecho internacional.
La persona humana como sujeto de Derecho Internacional:
Ha sido la doctrina clásica la
encargada de destacar al Estado como sujeto exclusivo de Derecho Internacional,
opinión que comparten hoy en día algunos tratadistas. El fundamento que
sustenta esta apreciación se encuentra en el hecho de que el nacimiento del
Derecho Internacional se origina con la creación del Estado, siendo dicho
Derecho el que se preocupa por dictar normas de conducta que los Estados deben
respetar en sus relaciones mutuas. Por otra parte como anota W. Friedman, los
Estados son depositarios de la autoridad legítima sobre pueblos y territorios.
A la luz de la realidad internacional el
Estado no ha dejado de ser, y lo seguirá siendo por mucho tiempo, una pieza
esencial e
n la organización política y social hoy en día imperante en el mundo.
El hombre es la finalidad última, este
existe para reglamentar justamente la vida entre los hombres, El Derecho es un
producto del ser humano.